SANTO DOMINGO.- El Senado de la República Dominicana aprobó este miércoles en segunda lectura con modificaciones la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, que entre otras cosas contempla una notable reducción del número de generales en los cuerpos armados.
También establece rigidez en los ascensos, obligatoriedad en la formación, tiempo límites de vida militar, la posibilidad de que el ministro de Defensa pueda ser militar o civil, creación de las clases de suboficial, mayor participación en el desarrollo económico y social del país.
El proyecto, de la autoría del senado Adriano Sánchez Roa, cambia el nombre de Ministerio de las Fuerzas Armadas por Ministerio de Defensa, el de la Marina de Guerra por Armada República Dominicana, el del Ejército por Ejército República Dominicana y la Fuerza Aérea de la República Dominicana.
Igualmente, que el Ministro de Defensa, el cual será designado por el Poder Ejecutivo, deberá ser retirado a los dos años. Sin embargo, el Presidente de la República, mediante decreto lo podrá confirmar igual período.
La legislación prohíbe los ascensos “honoríficos”, y los regulares serán hechos estrictamente por el escalafón jerárquico, evaluación del desempeño, calificaciones académicas en los cursos requeridos y antigüedad en el servicio.
Sánchez Roa explicó que nadie podrá ser ascendido si no cumple con el tiempo mínimo, que es cuatro años como segundo, primer teniente y mayor, cinco como capitán, teniente coronel y coronel. Para general se deja a la potestad del Presidente de la República.
El rango de general solo será por diez años y su retiro es obligatorio, a menos que al cumplirlo se encuentre ocupando una posición de mando al igual que los coroneles o capitanes de navío.
La reducción de los generales actuales, para ajustarlo a uno por cada mil soldados será de manera gradual, ya que el Poder Ejecutivo sólo podrá ascender un coronel a general cuando retire a tres generales, por lo que que el desmonte pódrá tardar seis años.
Ya no existirá el privilegio de “la antigüedad es un rango”, porque se tomará en cuenta otros requisitos como la formación, disciplina. Habrán subtenientes I, subtenientes II y subtenientes III, como categorías de combate especializadas, con el propósito de ampliar la tecnificación de la institución.
Los ascensos “institucionales” solo serán los 27 de febrero de cada año. También, a los 25 años de servicio el retiro de un soldado es voluntario, pero a las 40 será obligatorio.
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