La Junta Central Electoral (JCE) estableció las condiciones que deben darse para comenzar la divulgación de los boletines con los resultados de las elecciones municipales de este domingo 18 de febrero.
En la resolución 12-2024 establece que, una vez los colegios transmitan electrónicamente las relaciones de votación (incluyendo tanto la imagen como los datos) al repositorio central del Centro de Datos (datacenter), éstas serán remitidos desde allí a los centros de cómputos de las juntas electorales correspondientes y a los partidos políticos que la hayan requerido y estén en la condición técnica para recibirlas.
- El tercer punto señala que las juntas electorales emitirán su primer boletín a partir del 20 % del procesamiento de los resultados o, en su defecto, cuando haya llegado las 8:00 p.m., se emitirá el primer boletín.
- El siguiente paso es remitirlo a los medios de comunicación que tengan las condiciones técnicas de recibirlos, "con el propósito de que puedan utilizar la información para la cobertura y difusión de los resultados electorales en el día de las elecciones".
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